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Fallos: 226:240 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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INTERESES: Relación jurídica entre las partes. Espropiación.

El Estado debe pagar intereses, a partir de la fecha de la desposesión del bien expropindo, sobre la diferencia entre la suma judicialmente fijada en definitiva y la que al promover la demanda consignó en pago y ha estado desie entonees a disposición del dueño que no la retiró.


SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL
Corrientes, 25 de diciembre de 1951.

Y vistos: Los autos caratulados °° Estado Nacional Argentino (MO. P.) e,/ Elsa Morx de Defínis s./ expropiación ".

Exp. n" 1806, año 1948, de enyo examen resulta :

1) Que a fs. 2 y vta. se presenta el Sr. Procurador Fiseal subrogante entablando demanda de expropiación contra Da, Elsa Mors de Definis, o quien resulte finalmente propietario del inmueble nbieado en la manzana n" 117, lote n° 2, ealle Carlos Pellegrini n° 542 con una superficie de 624 m3, de lo cual 269 m7, corresponden a la edificación. Manifiesta que la parte que representa ha agotado los medios para Hegar a un arreglo directo con la demandada sín alcanzar resultado satisfactorio lo que obliga a iniciar esta acción, Añade que el valor del inmueble ha sido fijado en la suma de $ 34.300 m/n.

de e/1, como indemnización total, es decir, comprendiendo el terreno y las mejoras, solicita la inmediata posesión del in mueble y que oportunamente se dicte sentencia de desapropio con enstas, 2) Corrido traslado de la demanda y ordenada la pose:

sión, ésta se practica según diligencias de fs, 9 a 11 vta. y aquélla es contestada de fs. 6 a 7 vta, donde la accionada, expresa: que está disconforme con el precio ofrecido para la expropinción, desde que la enntidad que el expropiante crec que vale su propiedad, es inadmisible desde todo punto de vista. Añade que hoy por hoy, para construir una casa del mismo tamaño y con las comodidades de la expropiada, la suma ofrecida servirá apenas para comenzarla, pues el eosto de la construcción ha variado en un 300 7 o más. Afirma que, suponiendo que el m3, se pague % 350 la casa de que se trata que tiene una superficie cubierta de 269,70 m3, costaría la cantidad de $ 94360 con lo que resultaría tres veces más de lo depositado por la expropiante y que en segundo lugar, el

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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:240 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-240

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