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Fallos: 226:156 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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154 FALLOS DE LA CONTE SUPREMA NACION ARGENTINA v. EDUARDO MARTINEZ DE 107

Y ELORTONDO
EXPROPIACION: Indemnización, Determinación del valor real.

Corresponde a la Corte Suprema fijar equitativamente el valor del inmueble expropiado teniendo en cuenta los concoptos e índices utilizados por el Tribunal de Tasaciones de la ley 13.264 para realizar sus cáleulos, entre ellos la influencia que la indisponibilidad tiene sobre el valor de la propiedad en el merendo netual y el destino para el que fué construído el edificio, que trajo aparejado un aproveehamiento poco racional del terreno para su empleo como ensa de eseritorios, SEnTENCIA DEL JUEZ NACIONAL EN 10 CIVIL Y COMERCIAL Esrecian Buenos Aires, 26 de agosto de 1952.

Y vistos: Para sentencia esta causa seguida por el Fiseo Nacional contra Martínez de Hoz y Elortondo, Eduardo, por expropisción, de la que Resulta :

LA fs, 23 comparece el Sr. Procurador Fiscal, quien invoearo los decretos del Poder Ejecutivo Nacional Nos. 12.575 y 18.047 del 22 de junio y 19 de julio, respectivamente, promueve juicio por expropiación del inmueble sito en esta Capi tal, calles Leandro N, Alem Ne 10, Rivadavia sin número y 25 de Mayo 9/11, por el cual su mandante ofreció la suma de $ 2524250, equivalente al importe de la valuación territorial más el 30, oferta que fuera rechazada por su propietario, por lo que consignando esa suma pide que se le otorgue la posesión de urgencia y previo los trámites de ley se declare transferido su dominio a favor del Estado Nacional, fijándose en definitiva la indemnización debida al propietario y resolviéndose sobre las costas del juicio de conformidad con el art.

25 de la ley 13.264.

II. Corrido el traslado de la demanda, es evacuado a fs.

109 por el apoderado de la parte demandada, quien después de acreditar los títulos de propiedad del inmueble expropindo,

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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:156 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-156

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