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Fallos: 226:154 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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152 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA por intermedio de apoderado especial, quien ya ha asumido ante V. E, la intervención que le corresponde (fs.

259). Buenos Aires, 6 de mayo de 1953, — Carlos G.

Delfino.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 25 de junio de 1953, Vistos los autos: "Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires e./ Oenmpo, Angélica s,, expropiación", en los que a fs. 253 se ha concedido el recurso ordinario de apelación.

Considerando :

Que respecto a la extensión de lo expropindo, la cual según las mensuras de autos, sería de 418,72 m°, sentencia de fs. 247—, mientras que el título consigna la de 393,72 m". o "lo poco más o menos que resulto entre muros" (fs. 71 via), tratándose de una fracción integramente eubierta por el edificio que data de 60 años atrás, corresponde fijar el valor ateniéndose, como lo hee la sentencia apelada, a la extensión comprobada en este juicio, que es la que la expropiada poseía y la que ha sido objeto de efectiva ocupación por la expropiante, Esta es, por lo demás, la conclusión a que sobre una cuestión igual, llegó esta Corte en la sentencia del 21 de mayo ppdo. de la causa "Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires e, G, de Berisso, Fí s./ expropineión", Que habida cuenta del valor asignado a la tierrn en la expropiación que se nenba de citar correspondiente a un inmueble de la calle Cerrito 871 del que se tomó posesión en febrero de 1950, mientras que en este enso

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Año: 1953, CSJN Fallos: 226:154 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-226/pagina-154

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