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Fallos: 225:94 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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En cuanto al fondo del asunto el Banco Hipotecario Nacional actúa por intermedio de apoderado especial, el que ya ha asumido ante V. E, la intervención que le corresponde. Buenos Aires, 4 de diciembre de 1952, — Carlos 6, Delfino.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de febrero de 1953, Vistos los autos: "Baneo Hipotecario Nacional e./ Madariaga Anchorena de Bustos Morón, María Josefa =," expropiación ', en los que a fs. 234 vta. y fs, 235 vta.

se han concedido los recursos ordinarios de apelación.

Considerando ; Que para determinar el valor de la tierra que se expropia en este juicio es elemento de aprecinción decisivo lo resuelto por esta Corte en la causa "Banco Hipotecario Nacional e./ Madariaga Anchorena de Bustos Morón" fallada el 22 de diciembre ppdo. pues se trata de un inmueble contiguo de características fundamentalmente semejantes y del que se tomó posesión en la misma época. Las dos propiedades, se distinguen, sin embargo, por su extensión, pues la expropinda en este juicio tiene 1.554.658 ni, y sólo 768.382 m°, la del juicio fallado en el mes de diciembre, y la última está algo más próxima a una zona que se halla en proceso de urbanización, Es, pues, justo que si en aquella enusa se fijó para las 72 Has, de la zona uno el precio de $ 2.— el m, en ésta se acepte el de la estimación del Tribunal de Tasaciones, de $ 1,86, Que respecto a las mejoras, la conformidad del re.

presentante del expropindo con el valor que les asignó L

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Año: 1953, CSJN Fallos: 225:94 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-225/pagina-94

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