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Fallos: 225:502 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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502 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA en vigencia el tratado con los Estados Unidos y, como expresa el informe del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (fs.

65), alcanzaban alos naipes importados los términos del art, 2> del convenio de referencia, Cabe, asimismo, recordar, de acuerdo a lo informado por el Ministerio de Industrlú y Comercio a fs, 80, ""que la fabrital de tires mitre esemalica importada o del país no se halla dentro del régimen de fomento y defensa de la industria nacional, ereada por el decreto 14.630/44"', En mérito de lo expuesto, se confirma la sentencia recurrida en cuanto a la suma que manda devolver, con intereses y costas. Las costas de esta instancia a la parte vencida. — Abelardo J. Montiel, — Romeo F. Cámera — Marimiliamo Consoli,
DICTAMEN DEL Procvnanor GENERAL
Suprema Corte:

A fs. 235 V. E. ha declarado pertinente el recurso extraordinario deducido a fs. 215, En cuanto al fondo del asunto, el Fisco Nacional actún por intermedio de apoderado especial, el que ya ha asumido ante V. E. la intervención que le corresponde (fs. 238). Buenos Aires, 6 de agosto de 1951, — Carlos 6. Delfino,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de mayo de 1953, Vistos los autos: "Fagonga y Fernández e,/ Gobierno de la Nación s./ repetición (Imp. Internos)", en los que a fs. 235 esta Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario.

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Año: 1953, CSJN Fallos: 225:502 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-225/pagina-502

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