Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 225:300 de la CSJN Argentina - Año: 1953

Anterior ... | Siguiente ...

300 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA libre tránsito argentina y brasileña, expedidas para otro automotor marca '' Mercury", de características consignadas en los documentos de referencia obrantes a fs. 54, último, y 55, primero, Esta maniobra determinó la detención por la interviniente —(Jendarmería Nacional— de Nanni Lopes y Conrado Silvio Gilardoni, que en el instante del procedimiento se encontraba con aquél.

La preventora, de acuerdo con las normas vigentes en la materia, puso a los detenidos y el automóvil secuestrado a disposición de la Aduana jurisdiccional de Paso de los Libres.

El Tribunal, en virtud de lo reglado en el art. 6° del Cód.

de Ptos. en lo Criminal, decretó la libertad de Gilardoni en el acto de su indagatoria, fs, 27 vta. a 28.

El inculpado, en su declaración de fs. 26 a 27 vta, manifestó que, efectivamente, el día del hecho cruzó el Puente Ino de Uruguayana (Brasil), rumbo a Paso de los Libres, conduciendo el antomóvil en euestión, de su propiedad.

Su ingreso fué atendido por un g"ndarme quien le interrogó acerca del número de la patente del vehículo. Respondió dándole uno imaginario. Afirma que en la emergencia no exhibió documento aduanero alguno, porque no poseía; no había obtenido. Reconoció asimismo que anteriormente tuvo un automóvil "Mercury", euyos papeles colocó al "Buick", una vez adquirido en Porto Alegre con el precio de venta del primero y una suma más de cruceros; consiguiendo entrar así a Paso de los Libres. Expresó también que conocía los requisitos exigidos por la Aduana para la introducción al país de vehículos automotores extranjeros, Luego hace referencia a los pormenores de su detención y o mato parabrus ene de es paptles adheridos por e risas uno de los pape! porque correspondía al otro coche.

A fs. 28/29 se decretó auto de procesamiento, encuadrándose el hecho ineriminado en los términos del art. 1036 de las 00. y 64 (T. O.) de la ley 11.281 de Aduana.

La Aduana del Ingar. fundado en los arts. 1036, 738, 1018 y 1054 de la ley 810, y 68 (T. O.) de la ley 11.281, dictó en el expediente administrativo acumulado, el pronunciamiento de fa. 84 vta./85 vta., declarando el comiso del automóvil de mareas y aplicando una multa igual a su valor al conductor Walter Nanni Lopes, con destino a rentas generales. El interesado apeló de dicha resolución, fs. 95, cireunstancia que determinó su elevación a conocimiento del Tribunal. La Aduana,

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

54

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1953, CSJN Fallos: 225:300 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-225/pagina-300

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 225 en el número: 300 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos