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Fallos: 225:298 de la CSJN Argentina - Año: 1953

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206 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA dicho, y no ucordar al expropiante la tercera instencia en estos casos importa denegarle lo que el propio texto interpretado le concede.

En su mérito y habiendo dictaminado el Sr, Procurador General se declara procedente el recurso ordinario denegado a fs. 256 del principal.

En consecuencia: Autos y a la oficina a los efectos del art. 8" de la ley 4055. Señálanse los lunes y jueves o el siguiente día hábil, si alguno de aquéllos no lo fuere, para notificaciones en Secretaría.

Tomás D. Casanes — FELIPE SantIAGO Pérez — Artio Prssacno — Luis R. Losomt,
WALTER NANNI LOPES Y CONRADO SILVIO
GILARDONI
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia.

Causas criminales.

Proceden los recursos de n 1lidad y ordinario de apelación deducidos por la defensa contra la sentencia de una cámara nacional de apelaciones que dispone el comiso del vehículo introducido de contrabando por el recurrente y aplicó a éste una multa igual al valor de aquél, superior al límite fijado por el art. 24, inc. 7, ap. a), de la ley 13.998. :


RECURSO DE NULIDAD.
Corresponde desestimar la nulidad invocada de la sentencia de una cámara nacional de DE medía expresión de agravios al respecto, por no ser tal la remisión a lo expuesto en instancias anteriores, y no se

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Año: 1953, CSJN Fallos: 225:298 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-225/pagina-298

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