CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionelidad e inconstitucionalidad. Leyes provinciales. Santa Fe, La ley n° 2098 de la Provincia de Santa Fe, sobre rotuJación de mereaderías, no invade la esfera de la identificación de mercaderías que legisla la ley nacional n° 11.275, y, en consecuencia, 10 resulta violatoria de les arts. 22, 68, ine, 11 y 101, de la Constitución Nacional,
IDENTIFICACIÓN DE MERCADERIAS.
El deereto nacional 1" 12.786/44, reglamentario de la ley 11.275, sobre identifiención de mercaderías, encuentra serio respaldo constitucional en la posibilidad de distinguir entre el fin primordialmente regulador del tráfico y la producción que inspira la ey mencionada y la especifica tutela .
de la salud de la comunidad.
PROVINCIAS.
Con arreglo al art. 101 de la Censtitación Nacional, la legislación sanitaria subsiste como facu'tad provincial en tanto no se dicte el Código Nacional sobre la materia,
RESOLUCIONES DE LA MUNICIPALIDAD
Rosario, 19 de febrero de 1949.
Visto el pedido formulado a hojas 64 y 64 vta. por CocaCola S. A. atento lo informado a su respecto por la Oficina Química y teniendo en cuenta lo dietaminado pcr Asesoría Letrada, se resuelve:
1) No hacer lugar a la solicitud de prórroga del plazo que le fuera ctorgado oportanamente, que formula Cora-Cola A. para proceder al cambio 0 retiro de la mercancia que se enenentra distribuida en diversos comercios del Municipio, sin el rotulado reglamentario y en consecuencia estíse a lo dispuesto en la resolución de fecha 14 del mes en curso, dietado a hojas 58.
9") Rechazar el nuevo rotulado que presenta la nombrada y que corre agregado a hojas 66 por no ajustarse a lo establecido en la resolución de fecha 3 de diciembre último, obrante a hs, 98 y hacerle saber que el mismo deberá contener la signiente leyenda: "Cora-Cola Bebida sn Aleohol, Artificial, contiene cafeina 0,20 gr, por mil, nombre del fabricante y
Compartir
69Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1952, CSJN Fallos: 224:743
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-224/pagina-743¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 224 en el número: 743 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
