El nbjeto principal de la referida sociedad, según los Estatutos aprobados por decreto de setiembre 25,/916, revisados en la Inspeeción de Justicia, es "In adquisición de campos de pastoreo y enltivo, en Santa Cruz o en emiquier otro punto de la República o en el extranjero, efectuando la explotación pastoril y ganadera de los mismos en la forma más conveniente y realizar por intermedio de sus fepresentantes legales toda elase de actos o contratos que tiendan a favorecer el desarrollo de la sociedad "°, "Por otra parte, las observaciones del Sr. inspector Sienra que constan en el expediente 2440-B-1916, sirvieron a esta intervención para fundamentar su informe en razón de que esa inspección se realiza en el año 1913, es decir, ? años después de fenecido el término acordado a los concesionarios para cumplir con las obligaciones de la ley y del contrato y pocos meses antes de vencer este último".
° Además, la constitución de la sociedad «Laguna Benito» demuestra que las sospechas del inspector Sienra eran fundadas, pues ella se eomstituye, entre otros, con Cayetano Cornet D'Hunval, arrendatario que fué del lote 60, Francisco Lockhart que lo fué del 61 y Enrique Beequerel que recibe del Sr, Van Baumberghen para la sociedad el título de propiedad de la mitad de los lotes 78 y 79", Es de observar que en el expediente 6952, iniciado por David Cogan, en representación de Francisco Loekhart, respecto del lote núm, 61, se transcribe el informe del inspector Orozeo Núñez, de fecha enero 12/912 —eineo años antes de dictarse el impugnado decreto de caducidad-— quien hace constar que las 2302 ovejas, adquiridas el año anterior por el concesionario, no han sido contraseñaladas a pesar de tener registal en el juzgado de paz de Santa Cruz su señal correspondiente, Agrega dicho inspector que: "Toda esta hacienda pasta principalmente en el lote 63 y los lanares se bañan y esquilan en el lote 62, pues, como ya lo he hicho, ep lote que informo —6l— conjuntamente con los lotes 78, 79, 84, 62, 63 y 60 se explotan en común, bajo una administración única, se distribuyen las haciendas en los diversos lotes, sir tener en cuenta a quién perteneeen de acuerdo con las señales que tienen y finalmente la posesión total de los lanares de propiedad de los distintos concesionarios ha sido señalada con una señal única, la registrada a nombre del Sr. Cayetano D'Iunval", En las actuaciones administrativas quedó comprobado el acaparamiento de una fracción de 114.610 ITas, de tierra fiscal,
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Año: 1952, CSJN Fallos: 224:518
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