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Fallos: 224:513 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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rrafo: "Las grandes concesiones a empresarios de colonización no han dado buenos resultados en la práctica sino el inconveniente de que el Estado se haya desprendido gratuitamente o a vil precio de tierras muy bien situadas, que serían hoy reelame a colonos e Im directa en pequeñas fruecio nes a los colonos que las solicitaran" (Cám. ips, "Diario de Ses.", 1902, t. 1, pág. 932).

general del despacho que cual ena a Pe con P. E, Lo informó el diputado Y,. Carreño, talca al Caria las diferencias sustancias que ofrecía el proyecto del Poder Saló que aquíl —erababa rin Tanta entonces vigente, se que "traba! fundio como la mejor garantía de etimión de Ta Gea" (Cám, de Dips., "Diario de

E R .
El diputado P. O. Luro fué el im ante del despacho.

Mt e e uc cab an oe que no lograría su princi , que radicaba en la extirpación del latifundio.

"El acaparamiento de la tierra es el más scrio de los pe| ligros"' (1902, £. 2, pág. 635). "El enemigo de nuestro progreso en esta materia es el acaparador" (pág. 646).

Citando al Dr, Eleodoro Lobos, : "La despoblación es en gran parte la obra de la especulación o del capitalismo que contempla impasible la ruina nacional desde sus comodiCr réplica al ministro de Agri su k cultura insistiendo en que "la enfermedad es el latifundio y el enemigo el acaparador"" (p. 664). , Puede afirmarse, teniendo a la vista la diseusión de la ley fatifundio a baso gel er Punto de vita primordial evitar e latifundio a base del aparamiento de la fiscal, por ser puntatorio para el progreso económico del país y estar en puena, de consiguiente, con el interís e Todo acto que contraría la icada finalidad esencial de la ley 4167 caerá irremisiblemente bajo la calificación de ich y eeular", que altera y viola el texto y el espíritu de Es con un conocimiento del derecho ico el Dr. end Nicola Matiemoo an memo Carod o aio que como procurador general de la Nación, en el caso de la Sociedad Lai Aike, do afirmar: " Cuando el Estado concede o vende temas públicas letras de le dera del derecho privado. 20 en para usar las palabras Suprema Corte Estados Unidos, un mero vendedor de bienes inmuebles por su valor

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Año: 1952, CSJN Fallos: 224:513 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-224/pagina-513

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