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Fallos: 223:23 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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LUIS GATTI
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Cousas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las imstituciones nacionales, Tratándose de un proceso en que aparecerían implicados un particular —a quien se imputa haber percibido dinero por la internación de enfermos en una colonia dependiente del Ministerio de Salud Pública de la Nación— y empleados no individualizados de dicha repartición, respecto de — rar el col justicia nacional de sección prosiga y io nal comenzada y dicte oportunamente la resolución pertinente.

Ello, sin perjuicio de que, en el supuesto de que llegara a una conclusión negativa, dé a la justicia provincial la intervención pertinente por la posible comisión del delito de estafa que entonces quedaría por investigar.


DICTAMEN DEL PrOCURADOR GENERAL
Suprema Corte: ' El presente sumario ha sido instruído a raíz de una denuncia formulada contra Luis Gatti, a quien se imputa haber percibido indebidamente sumas de dinero para internar enfermos en el sanatorio de Oliva (Pcia.

de Córdoba), dependiente del Ministerio de Salud Pública de la Nación.

Del informe obrante a fs. 2, resulta que el imputado es propietario de una empresa de pompas fúnebres .

punto 4), y las constancias de fs. 15 a 31, revelan que en el hecho no se encuentran comprometidos empleados o funcionarios del nosocomio aludido.

Por estas razones, y las concordantes que fundamentan el anto de fs. 34, opino que es competente para conocer en el proceso la justicia de instrucción de Villa María. — Buenos Aires, mayo 30 de 1952. — Carlos G.

Delfino.

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Año: 1952, CSJN Fallos: 223:23 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-223/pagina-23

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