1948 a un promedio de $ 1.107 m/n. la hectárea y del cmo :
"El Pelado" efectuada en diciembre de 1947 a un promedio de $ 965 m/n, la hectárea, estimó que el valor unitario del campo expropiado debía fijarse en la siguiente forma: terreno alto de primera calidad $ 1.120 m/n. la hectárea; terreno bajo apto para pastoreo $ 500 m/n. la hectárea y bañados y juncales $ 50 m/n. la hectárea, o sena en total la suma de $ 6.1718.520 m/n., libre de mejoras.
5 Con posterioridad a la producción de este dictamen, el Juzgado, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 31 de la ley 13.264, decidió requerir al Tribunal de Tasaciones el informe a que se refiere el art. 14 de la mencionada ley (ver fs. 361).
El informe producido por el Tribunal de Tasaciones obra en las actuaciones que corren agregadas por cuerda floja, En esas actuaciones se hace un estudio de los antecedentes del inmueble, coincidente con el realizado por los peritos que intervinieron en el expediente, reconociendo, como éstos, que el campo se encuentra ubicado en una zona que se Pr por la gran seguridad de sus cosechas y que, en general, se trata de emos llano y alto, con un suave deelive, sobre todo hacia una eañada que eruza el campo del S.0. al N.E. en el tercio S.E., existiendo otra cañada de menor longitud pero mie ancha en el tercio N.O. del campo. Se señalan a cont ión las demás características del campo y de sus suelos, destacando la presencia de algunos manehones de Sorgo de Aleppo, de poca extensión, que debidamente controlados no constituyen problema, como así también la existencia, en menor proporción, de 2 Sam y gramilla italiana, formulándose la siguiente claión, intermedia, entre la efectuada por los expertos:
cm y. eultivado . . . . .... ss Tu.
erreno bajo, apto para pastoreo . . N Bañados, juncales, ete... . . .... 40.00 Has.
Superficie total . ... 0.100,00/Tas.
El dictamen expresa que el campo "San Justo" se enconAcaba empletado: parte por colonos arrendatarios al 32 de la producción ; parte por colonos medieros que entregaban el 50 —de la producción, dividiendo los gastos y parte por administración directa en explotaciones agrícolas y ganaderas, dedicándose al pastoreo el 5 de la. fracción expitada Der cada colono, Diserimina las partes motivo de cada expl y señala que desde hace muchos años se sigue ese sistema sin observar ningún método racional, lo que está provocando cansan
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Año: 1951, CSJN Fallos: 221:531
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