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Fallos: 221:47 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN a7 mite atribuírsela a esta Corte, que a su vez ha de limitarse a decidir —como lo ha hecho— lo pertinente a la remisión de los juicios radicados ante ella.

En su mérito se decide devolver sin más trámite a la Cámara Nacional de Apelaciones de Paz de 1a Capital Federal la nota acompañada de la Comisión de Legislación Agraria de la H. Cámara de Diputados de la Nación, para que, reasumiendo su jurisdicción, decida lo que corresponda respecto de la solicitud formulada en ella.

RoporLro G. VALENZUELA — FELI
PE SANTIAGO Pérez — ATILIO
Pessaono.


SOCIEDAD ANONIMA "COMPAÑIA UNIDA DE

IRRIGACION DEL CHUBUT" v. NACION ARGENTINA
EXPROPIACION: Expropiación indirecta. e Realizado el desapoderamiento total y definitivo de los bienes de la actora como consecuencia del decreto 9537/45, que dispuso la eaducidad del permiso de riego a favor de aquélla, y aun cuando esa medida tuviera tan sólo el carácter de acto administrativo con base en los poderes de policía del Estado, al prininio de derecho con arreglo al cual la expropiación inistrativa de urgencia y sin forma de procedimiento legal se .— bajo la responsabilidad de la Administración con la obligación de indemnizar el posible perjuicio patrimonial —art, 2512, Cód, Civil— impone la e de la sentencia que declara viable el juicio de E inversa y manda intimar a la demandada el del precio que asigne a los bienes de la actora, bajo apercibimiento de ser fijado judicialmente ; sin adelantar, dado el estado de la enusa, resolución respecto de los puntos cuya consideración pudiera requerir su definitivo juzgamiento.

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Año: 1951, CSJN Fallos: 221:47 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-221/pagina-47

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