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Fallos: 221:36 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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sión equivalente al 65 del sueldo correspondiente a un marinero de 1', Por lo expuesto voto por la confirmación del fallo apelado.

Los Sres. Jueces Dres. Abelardo J. Montiel y Romeo F.

Cámera adhieren por sus fundamentos al voto precedente.

Por lo que resulta"de la votación que instruye el Acuerdo que antecede, se confirma la sentencia apa de fs, 45 — hace lugar a la demanda y declara que el Gobierno de la Nación debe acordar a José Zeiler el retiro que le corresponde conforme a lo dispuesto en el acápite d) del inc. 1° del art. 85 de la ley 12.980, debiendo abonarle además las mensualidades atrasadas desde la fecha de la baja, con intereses al estilo de los que percibe el Banco de la Nación Argentina, desde la notificación de la demanda y las costas de ambas instancias a cargo de la demandada, — Abelardo Jorge Montiel. — Romeo Fernando Cámera. — Maximiliano Consoli.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 11 de octubre de 1951.

Vistos los autos "Zeiler José e./ La Nación 8./ retiro militar", en los que se ha concedido a fs. 84 el recurso extraordinario.

Considerando:

Que el recurso extraordinario interpuesto a fs. 80 carece del debido fundamento pues se hn omitido en él la necesaria enunciación de los hechos de la causa.

Que, por lo demás, la cuestión federal relativa a la inteligencia del art. 85, inc. 1 acápite 4) de la ley N' 12.980 fué tardíamente introducida en la expresión de agravios de fs. 51.

Que, finalmente, el caso de este juicio no guarda analogía con el de la causa °°Santucho B. c./ Gob. de la Nación" fallada por esta Corte el 9 de agosto del :

corriente año, pues este último estaba regido por la

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Año: 1951, CSJN Fallos: 221:36 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-221/pagina-36

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