Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 221:213 de la CSJN Argentina - Año: 1951

Anterior ... | Siguiente ...

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 218 Chamorro a la pena de doce años de prisión, accesorias de ley y costas.

Ronorro G. VALENZUELA — ToMás D. Casares — Ferre Santiaco Pérez — Artio Pessacno, :


MANUEL VIÑAS Y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión fedeval. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes foderales. Leyes federales de carácter procesal, Reviste carácter federal y autoriza la interposición del reAe rearme la etica Taferente a la incompr.

tencia os tribunales corresponder el conocimiento en la causa a Juntielo de 1a Nesta.


DICTAMEN DEL PrOCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Habiendo sido el caso resuelto en forma contraria a las pretensiones del apelante, que reclama la intervención de la justicia nacional en estas actuaciones, y reuniendo tanto el recurso extraordinario obrante a fs. 785 del principal como el de hecho corriente a fs. 1 los requisitos formales exigibles de acuerdo a los arts. ; 14 y 15 de la ley 48, soy de opinión que V. E. puede hacer Iugar en su aspecto formal a la presente queja conf.: 202:429 ), Buenos Aires, octubre 24 de 1951. — Carlos G. Delfino,

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

81

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1951, CSJN Fallos: 221:213 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-221/pagina-213

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 221 en el número: 213 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos