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Fallos: 220:570 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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de la parte demandada. Determinar cantidad de cabezas de ganado vacuno de propiedad de la estancia ""Colluneó'" que han pastado en los parajes "Curhué Grande" y "'Curhué Chico" y tierras adyacentes fiscales durante los últimos 10 años enumndo en qué meses, manifiestan: que los compilan desde 1 por no especificar la pregunta econ claridad a partir de qué fecha se cuentan los años... que en el primer apartado del punto €) se ha informado que hasta febrero y marzo de 1944 toda la extensión de 30.902 metros que constituye el límite entre ""Colluncó"" y los campos fiscales, carecía de cerca.

miento habiendo confusión de hecho ya que los amojonamientos sólo constituyen lindes legales, El denominado potrero o paraje "Curhué Chico" en las liquidaciones de pastaje, correspondiente a los años 1930 a 1935; "Curhné Grande", de 1935 a 1939 y luego otra vez "Curhué Chico", de 1939 a 1940, abares aproximadamente 442 Has. medidas práficamente en las vlanchetos que al este de la línea separatriz son propiedad privada de la estancia ""Colluncó", extendiéndose la el oeste de la propiedad fiscal, deja mención que reción en otoño de 1944 ha sido cercado de línea separatriz en la parte prácticamente aceesible al ganado. Después de otras consideraciones, los tres peritos han extractado en el establecimiento "Colluncó" de los partes diarios consignados en libros duplicados los que en tomos encuadernados, registran el resumen diario del trabajo del personal, movimientos y traslados de hacienda, recuento, marcación, venta, tropas, ete., los que recopilan a continuación en 14 cuadros demostrativos y tres de resumen que corren agregados a fojas 419 a 424, con des eripeión por enadro de los animales vacunos que en cada uno de los llamados potreros han pastado durante los meses de veranada y en tabla de reconilación de fs, 425, coneretan en forma fehaciente que hasta 19328 han pastado en tierras fiscales conocidas por Curhué, Cajón Negro, lago Lolog y tierras del Estado adyacentes al "Colluncó", 1097 cabezas de vacunos grandes, Advierten, fs. 430, que los cáleulos heehos por la dirección de Parques Nacionales se han basado sobre totales de ganado y porcentajes de mayores y menores, mientras que con los datos ajustados a la realidad, la media de los ocho períodos comprendidos en los años 1930/38 es sólo de 813 cabezas para los parajes indicados. Sernidamente hacen el compendio del número de enbezas mayores de propiedad de la estancia °Colluncó" que han pastado en los eampos fiscales v sobre cuyas eifras coinciden ambos peritos Petersen y Caffernta, cuyo detalle obra a fs. 430 vta, con un total de animales que han veraneado en los campos "° Anquineó"', "Cur

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:570 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-570

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