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Fallos: 220:568 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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568 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA que es considerada en el punto 4). El perito Petersen hace extensiva esta pregunta a los parajes "Cajón Negro" y "Lolog" y que la cantidad de cabezas que pueden pastar está en relación con el tiempo de permanencia del mismo y con la conservación del campo, no se tale en forma de destruir sus pastos... estima además este perito, que el número de animales mayores que pueden pastar normalmente dentro de la fraeción que corresponde a campos fisenles situados entre los límites del "Colluncó"" y límite internacional para un lapso de cinco meses, es de 2.980 cabezas, ete. Capítulo VII, punto e) del euestionario de la parte demandada, sobre deslinde del campo ""Colluneó" con las tierras fisenles mencionadas en los puntos a) y b), se determina el deslinde de acuerdo a los mojones existentes. Resumiendo el perito Petersen estima que es imposible construir cercos de división sobre las líneas linderas en 3.195 metros; que dentro de convenciones entre colindantes es conveniente construirlas en 9.002 metros, de los cuales hay ya construídos por °"La Constancia", alrededor de 2.500 metros y que es inoficioso por llevar ningún objeto construirlos en 18.704 metros. Capítulo VII, punto f) del enestionario de la parte demandada, informe sobre la superficie del campo "Colluncó". Surge del informe de mayo 28 de 1 de la División + Pe + - 99.633/930, lo mente:

la superficie to los gue constituyen la propiedad de "La Constancia", es de 59.444 Has., 55 Mas Cs.

de acuerdo con el cuadro siguiente: A) Ex concesión Sehwarz y Cernadas, 49.300 Has.; B) Ex concesión Emilio Mahneke, 3.873 Has., 43 As., 42 Cs. C) Ex concesión Juan Carlos Fortega, 1d a a pel ao, 2. as.

00 Has: 54 Ae. Ce. hacer mención de las mas esos campos practicadas por ns. Octa e e Te e erarmión que ai medir el agrimensor Petersen en 1936 las mismas tierras, se constata una faltante que una vez hecha las compensaciones de tolerancia, quedó coneretado definitivamente en un déficit de 5.284 Tlas., 33 As, 66 Cs., descompuesto en dos partes, una de 3.124 Han. 56 ANN Ce. que correpende que el Tineo intere, y ctra de 2.85 Us. 7 An. 23 Ca. que ee halle en poder de varios linderos al sudeste y que escapa a la responsabil del Estado El déficit indiseutiple de 3.122 Has., 26 As., 43 Cs., que es el que "La Constancia" ha solicitado se le integre en su mayor parte dentro de las tierras fiscales motivo de da rea.

las que en conjunto sumarían 3.058 Has, 55 As. 12 que figuran con trazo amarillo en el plano, Capítulo TX, punto 9),

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:568 
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