secuencia no adeudaría 0 ensí nada adeudaría al fiseo en ese concepto, por lo que insiste una vez más en que no se tome resolución definitiva en este expediente hasta tanto no se pronuncie también en definitiva el P, E. sobre reintegración de tierras faltantes, evitando con ello resoluciones separadas que pueden ser contradietorias. Afirma que el número real de cabezas vacunas que la Sociedad ha tenido en tierras fiscales en temporadas pasadas oscila entre 350 a 900, como lo denimeió en las propias liquidaciones que en cada año elevó el administrador del establecimiento "Colluncó" a la repartición y hace notar que el mismo Sr. Mas de Ayala en su informe de fs, 71, constata la existencia de 350 vacunos, pero' en el desco de dar corte final a la cuestión, aecpta también la cifra de 1,077 eabezas indierdas por el Sr, Neumayer en su informe de fs, 130, feeha 27 de mayo de 1938... Por último peticiona se revea y modifique la liquidación de pastaje de fs, 100, así como la reciente n" 521 de fs. 169 sobre la base de una existencia de 1,077 vacunos mayores a razón de $ 0.50 m/n. ae cabeza y por año. Se suspenda el cobro hasta tanto el P. E. resuelva el expediente de reintegración de tierras a la Sociedad. Contaduría a fs. 192 opina que no procede la rectificación a que se alude, manteniendo la liquidación practicada a fs. 169 por $ 59.671,25 m/n. e intimar su paro a la Sociedad Anónima "La Constancia" fijando último pluzo, cuyo informe de la Contaduría de Parques Nacionales, es de fecha 31 de octubre de 1940. A fs. 193 ordena pasar a la Intendencia del Parque Nacional Lanín para que aclare si los animales que se detallan a fe, 130 representan la totalidad de las haciendas de propiedad dela S. A, "La Constancia" que pastan en la fracción fiscal oeste de su propiedad particular o se trata solamente de una parte de las que se encuentran en la superficie determinada en el informe de la misma. Con fecha 27 de noviembre de 1940, informa el Sr. Jefe de Servicio Forestal afirmativamente, fs. 193 vta.. pasando al Jefe de Tierras el 28 del mismo mes, Fs, 197, La Dirección de Parques Nacionales resuelve con fecha 30 de noviembre de 1940. exp. 408/1938, comuniear a la intendencia que puede permitir la introducción de hacienda, previo resuento de la mismas en los eampos al oeste de los de propiedad de "La Constancia", a efectos de poder practicar a liquidación que eorresponda si fuere el enso, una vez que la superioridad adopte el temperamento que considere conveniente con respecto a la situación de los campos fiscales de referencia —exp. n" 5316/200-N—, y con esta liquidación formulada por la Intendencia de Parques Nacionales en San Martín de los Andes, que corre a fs. 202, pasó a la Jefa
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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:561
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