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Fallos: 220:555 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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posterior resolución del 23 de abril de 1934, fs, 37 del mismo exp., concediéndesele por nueva resolución de fecha 14 de octubre de:1935, al mismo Sr. Seeman, permiso precario de ocupación de 5.000, o sea 4.000 Has, en "Curhué Grande" y 1.000 en "Curhué Chico", zona sin mensurar tomando pose.

sión de esos campos el Sr. Antonio Labadie en representación del concesionario Sr, Seeman, el 29 de noviembre de 1935. Que a ds. 60/61. corre un informe del Inspector de Tierras, D. Miguel A. Mas de Ayala, que lleva fecha 6 de mayo de 1936, sobre la inspección efectuada sobre el campo coneedido al Sr. Seeman, fracciones al Oeste de la Estancia Colluncó de la .

Sociedad Anónima Ganadera "La Constancia", constatando la existencia de un puestero llamado Elías Cisterna Flores quien Je manifestó estar por orden de D. Antonio Labadie desde el 25 de diciembre de 1935 como cuidador de hacienda vacuna que ya estaba en la ¡arte este del lago Cumlafquén o Pichi Carhué, formada por 350 vacas madres, todas con las marcas que se diseñan en dicho parte, de propiedad la primera, del Sr. Labadie, y la segunda desconocida para él, pero que todo ese ganado tiene las dos marcas sin contramarea y que co tan en el campo fiscal conocido como Campo Grande que da su patrón expresa dicho Cisterna Flores, y que además de ests vacas su patrón el Sr. Labadie, tiene 43 vacas de 3 años que están en potreros de la estancia ""Colluncó"" ignorando qué marca tienen y que sabe son de proniedad del nombrado por habérselo así manifestado; que además tiene 22 toros en potreLabadie 4 de de e E ién pueda .

y otra marea que él ignora de qu ser, que están incluídos en la hacienda a su euidado y a que ha hecho referencia... que ignoraba que esos enmpos fiscales donde está el puesto fueran de su patrón porque en ellos pastaban haciendas de la estancia °°Colluneó"', de las cuales se vieron en la recorrida con el Inspector informante efectuado en el campo, unos 70 vacunos que los peones de dicho establecimiento ganadero estaban arreando por ser los que hubían quedado al sacar la hacienda que estaba veraneando para llevarlos a la invernada en dicha estancia... calcula que el campo grande re- , corrido puede mantener unos 2.000 vacunos para invernadas y que veraneada sobra para muchos más animales. Que de otras diligencias practicadas por el mismo inspector Mas de Ayala con fecha 2 de mayo de 1936, las que corren a fs. 62/06 relacionada con la existencia de hacienda en esos campos fiscales, su resultado lleva al convencimiento de que las mismas pertenecían al esteblecimiento lindero según resulta de las declaraciones de los Sres. Santiago y Antonio Labadie, reforzadas con

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:555 
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