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Fallos: 220:43 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN as ResoLUCIÓN DEL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA Paso de los Libres, setiembre 28 de 1945, Visto para fallar las presentes actuaciones originadas a raíz del elevado por el Encargado del Resguardo Principal D. Ramón 6. Meza y Oficial Meritorio D. Gutlioeno a Beekwith, quienes dan cuenta que siendo las 14,55 del día 27 del corriente, encontrándose de servicio en el puerto local; en oportunidad de llegar la' lancha brasileña ""Lindoya", Envcndente de Urapuarant (Brasil) al dedicarse a la revisación equipajes de los pasajeros desembareados, entre los cuales sé encontraba el ciudadano de ce nacionalizado boliviano, D. Wolft Aizenstat, acom lo de su señora esposa Da, Necha de Braver, y también poe y nacionalizada en Bolivia, al cual, por sospechas del jal Meritorio Beekwith fué conducido al Resguardo Principal, donde se le efectuó una revisación corporal, diligencia ésta que dió por resultado el descubrimiento entre las ropas que en ese momento vestía varias fajas de tela, preparadas con el fin de acondicionar y ocultar dentro de ellas, una partida de 262 lapiceras Parker número 51 y 64 lápices Parker, y Considerando :

Que se trata de mereaderías gravadas con derechos a su Que — inculpad el los negativa del lo en firmar el parte por empleados aduaneros, no disminuye su responsabilidad, sino e feccionad:

forma premeditada con que fueran confece! as con anterioridad las fajas descubiertas en su cuerpo, señala evidentemente el propósito de ocultamiento que animaba al pasajero de referencia al disponerse a entrar al país.

Que de las propias declaraciones del pasajero queda confirmado el intento puesto en práctica de eludir el control Fiscal, ya que manifiesta que en el Brasil tenía una cantidad de eruzeiros que al no e sacarlos de ese país por estar prohibido, había comprado lapiceras y lápices, aduciendo asimismo que iba en tránsito a la Paz (Bolivia), y que por lo tanto no debía de pagar derechos aduaneros a la entrada, en esta Aduana, argumento -—_— 1 nombrado pasaj por el nom pasajero en cuanto a que las merenderías secuestradas las traían acondi

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:43 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-43

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