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Fallos: 220:44 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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" FALLOS DE LA CORTE SUPREMA cionadas en ocultas en sus ropas de vestir, porque iba ia e (Bolivia), y que pagaría los derechos — ANA ingenuo que no prosperar como atenuante posible. , Que a no mediar el LA de de los funciomarios aduaneros se hubiera la introducción subrepticia de las mercaderías detenidas, con el consiguiente perjuicio para la renta Fiscal.

Que en consecuencia, se halla colmada plenamente la configuración del delito a que se refiere el art. 1036 de las O. O.

de Aduana y su concordante N" 68 de la e 11,281 (T. O.).

Por todo ello, y de acuerdo a las atribuciones que le confiere el art. 1035 de las referidas ordenanzas, El Administrador de la Aduana de Paso de los Libres Resuelve:

Rio parte, misndicables po ——— e , Auziler 6, Encargado del Regpuardo Principal D. Ramón G.

Meza y Ayudante Principal, Meritorio D. Guillermo M.

—. Fisco corres.

pon Art. 2? — Notifíquese previa reposición del sellado. Intervengan las Oficinas correspondientes. Cumplido elévese a conocimiento del Sr, Juez Federal de Corrientes siguiendo el procedimiento señalado en el art, 64 y correlativo de la ley 11.281 (T. O.). — Teófilo Segovia, SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL j Corrientes, diciembre 28 de 1946.

Y Vistos: Estas actuaciones earatuladas "° Aizenstat, Wolft, x/ supuesto contrabando, en Paso de los Libres", elevadas en grado de apelación, por el Administrador de la antedicha aduana, originadas a raíz de la presunta introducción clandestina de una partida de lapiceras " Parker" y lápices automáticos, también de la misma marea, conforme al parte dei auxiliar 6", D. Ramón G. Meza, que corre a fs. 1, y:

Considerando: 1°) Que, de fs. 24 n fs, 27, al ser indagado Wolft Aizenstat, o Alizental, por el Juzgado, expresa que la

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:44 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-44

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