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Fallos: 220:1534 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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MARIA J. GONZALEZ VAZQUEZ DE MENDEL v.

TEOFILO MENDEL
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. interpretación de normas y actos comunes.

Es te el recurso extraordinario fundado en las Una dl rado de Manten yde at e Constitución Nacional, si la recurrente admite que, como le establere sl falle apriado, contorno a diete Trato.

las sentencias civiles en una de las naciones signatarias tendrán fuerza en las demás siempre que no se alexa DENes del pito de eu «nnpumiento, y ene o tribunal de grado en cuanto éste afir———[ e dy rt orden público argentino, establecido por las respectivas normas civiles vigentes, es decir, que la cuestión queda reducida a un punto de derecho común, ajeno como tal al mencionado recurso, (°) RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación divecta. Sentencias con fundamentos mo federales o federales consentidos. Fundamentos de orden local y procesal.

Puesto que la cuestión referente a saber si el juicio ejeide iia e: ie tao pal e es o no es y e mo alo no renta de aus que haya mediado priuión o restricción sustancial de la sino que, por el contraria. da propia recuerente conrintil que 10 remiriera qu el juicio el punto referente a si la ejecución de sentencia promovida se opone al orden público argentino y a la agregación de los dorumentos presentados por el demandado y obtuvo, a su vez, la agregación de los que acompañó, corresponde rechazar el recurso extraordinario fundado en la violación de la defensa en juicio.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

No revisten carácter federal sino común y de hecho y prueba, las cuestiones relativas a saber si media 0 no buena — fe de una de las partes.

1) 27 de setiembre.

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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:1534 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-220/pagina-1534

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