HABEAS CORPOS.
El recurso de hábeas corpus no procede cuando se lo intenta a favor de personas detenidas por orden del juez a quien compete el conocimiento de la eausa que se les sigue, norma que tiene fundamento bastante en el art. 29 de la Constitución Nacional (').
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos loeales en general.
No puede ser objeto de revisión por medio del recurso extraordinario, la interpretación de las normas locales por aplicación de las cuales el tribunal pevinial ha denegado la libertad solicitada por el procesado.
JOSE VELASCO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia penal. Delitos en particular. Defraudación.
El juez del lugar donde aparece realizada la apropiación —.
indebida atribuida al procesado por defraudación, que es el del domicilio del neusado, donde se habría puesto de manifiesto, a través de hechos concretos, su propósito doloso de convertir en provecho propio el dinero obtenido por la venta de un piano tenía en sociedad con el denunciante, es el e competente para conocer en la pertinente causa criminal, sea cual fuere el lugar en que hubiese correspondido disentir la rendición de cuentas que el procesado omitió efectuar.
DICTAMEN DEL Procvranor GENERAL
Suprema Corte:
El denunciante Benjamín José Martínez, afirma habar celebrado un convenio societario con José María Velasco en Rufino (Prov. de Santa Fe), para dedicarse 1) Fallos: 219, 111; 220, 35.
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Año: 1951, CSJN Fallos: 220:1225
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