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Fallos: 22:88 de la CSJN Argentina - Año: 1880

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condeúa al pago de intereses desde el dia de la demanda, por considerarse estos comprendidos en la avaluacion de los daños y perjuicios que se manda practicar ; satisfechas las costas de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse los autos.

J. DB. GOROSTIAGA. — J. DOMINGUEZ. —
O. LEGUIZAMON. — S, M. LASPIUR.
—De00-—

CAUSA XIX
El Procurador Fiscal contra Don Godofredo Muss, sobre infraecion ú la ley de Correos.

Sumario. — Las multas impuestas por el Poder Administrativo sin reclamacion del multado, deben cobrarse judicialmente por la vía de apremio.

Caso. — El gefe de la repartición interior de Correos en Buenos Aires dió cuenta al Administrador de que el 7 de Mayo de 1879 se habian encontrado en la Administracion Central 18

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Año: 1880, CSJN Fallos: 22:88 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-22/pagina-88

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