Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 22:335 de la CSJN Argentina - Año: 1880

Anterior ... | Siguiente ...

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 28 de 1880.

Vistos : por sus fundamentos se confirma con costas la sentencia apelada de foja noventa y seis. Satisfechos los de la instancia y repuestos los sellos devuélvanse los autos.

4. B. GOROSTIAGA. — J. DOMINGUEZ. —
O. LEGUIZAMON. — ULADISLAO FRIAS.
—S. M. LASPIUR.

— ED

CAUSA LXXXIV
Criminal contra D. Agustin Colombo, por contrabando.

Sumario. — 1 En materia de contrabando no hace prueba legal un sumario levantado por la misma parte interesada en las resultas del juicio, con esclusion del Administrador de Rentas del lugar y sin que el juez de la causa se cuide de legalizarlo.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

56

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1880, CSJN Fallos: 22:335 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-22/pagina-335

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 22 en el número: 335 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos