CAUSA LXXIV
Lezica y Lanús contra D. Tulio Muñoz y Lara. sobre cobro ejecutivo del precio de un Saladero.
Sumario. — Hecho un contrato de venta con el pacto de pagar el precio en dia fijo, una vez que los compradores confiesan estar en posesion de la cosa vendida, y que han pagado ya una parte del precio, están obligados ejecutivamente á pagar el resto despues de vencido el plazo, sin que puedan oponer la inhabilidad del título por no haberse otorgado todavía las escrituras.
Caso. — El caso se comprende al leer el —, Falle del Juez Seccional Buenos Aires, Abril 28 de 1880.
Y vistos, estos autos ejecutivos seguidos por los señores Leziga y Lanús contra D. Tulio Muñoz y Lara, en que los primeros cobran á este último el precio del Saladero <3 de Febrero» que lo vendieron con fecha diez y seis de Abril de mil ochocientos setenta y nueve, segun el boleto de venta de f. 4", y considerando :
Que segun la cláusula 2' del mencionado boleto, el ejecutado Sr. Muñoz y Lara se obligó á pagar á los vendedores, el
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Año: 1880, CSJN Fallos: 22:298
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