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Fallos: 22:23 de la CSJN Argentina - Año: 1880

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Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Enero 17 de 1880.

Vistos: por sus fundamentos, se confirma, con costas, el auto apelado de foja treinta y tres. Satisfechas aquellas y repuestos los sellos, devuélvanse.

J. B. GOROSTIAGA.— J. DOMINGUEZ. —
O. LEGUIZAMON. — S. M. LASPIUR.
— PR CAUSA Y. a D. Guillermo Mackay, con Ochoa y C', sobre liquidacion de intereses.

Sumario. — Conviniendo las partes, al liquidar una cuenta de intereses, en que se toma por base el interés medio cobrado por un banco, debe entenderse el que dicho banco cobra en sus préstamos comunes 6 en el descuento de letras.

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Año: 1880, CSJN Fallos: 22:23 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-22/pagina-23

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