a fs. 7 vta. el Juzgado tiene instaurada la acción, det a 6 a pumón y. a ley 189. 4. 16 jue h ln de 1 de Menila por el reprematanie de la parte actora, A fs. 24 DE realiza la audiencia con la comparecencia del señor fiscal y del Dr. Mario Cámpora por la parte demandada,
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con el precio ofrecido ser reducido, estimando el valor del metro Cuadrado en $ 15-— lo que hac un total de hi e ADA EIA autos se 5 he que ardenabe 16 Jey 108, pero esta proce quedó ein valor, frente a las disposiciones de la nueva ley expropiación Tue tulecido el demandado, los here Que el demandado, los herederos acreditaron su calidad de tales y se hicieron parte en el juicio (fs. 60).
Considerando :
Que convenida por ambas partes la expropiación, la contravemio 20 Tedutt A estelieur te indennimaia que al va deberá pagar al demandado, acuerdo a dispone art. 2511 del Código Civil y 11 de la ley 19204...
Te A e SA E ya ¿ que le temiendo emmo lo tiene resuelto la Suprema de Justicia in re "Nación contra Blanca Lus Amalia Moreno", t, 214, pág. teniendo en cuenta una estimación concreta para un lote próximo y de análogas características. Ante este mismo Juzgado se han seguido ¿mieles en les que e len exprentajo tamales de Muni características que el de autos.
Como ar de dicto: la Ermcción ohicio de mio quinio al mue franja de tierra para la construcción de la A: Costanera de Se Cartes de Encieela: Con iia! dentor e TIA pareelts de poe Cementos de de Carlos quien fado por el epd-ente, son la propiedad del demuniidoy St Benito Veree: el nor-este (ver títulos de fs. 27).
En ambos casos se fij el precio en la suma de $ 10 el metro o e ae : Bonito a de en " No 2504/1941 y "Dirección de Parques Nacionales c./ Carlos Sunkel a./ expropiación", N" 2348/1941.
En consecuencia, estando ubicada la propiedad del demandado entre las de los nombrados, siendo de las mismas
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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:417
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