de octubre de 1944, la falta de los 31.300 litros de vino que acusa el otro estado análogo de 20 de febrero de 1945 se debe a la circunstancia de haber hecho prevalecer en el último la cifra que en el primero acusaba la "(existencia real" o capacidad asignada a las vasijas de la bodega según declaración del contribuyente, no verificada, en lugar de la que señalaba el "libro" y que denotaba una existencia mayor (2.291.329 - 2 255.750 35.579; fs. 209).
La denominada "existencia real" habíase pues calculado atribuyendo a las vasijas de la Bodega una capacidad menor que la efectiva, vale decir, que se incurrió en una falsa o errónea cubicación, en tanto los datos consignados en los libros que establecían una existencia mayor sólo diferían de la verdad en 4.279 litros. De ahí que, comprobado luego que la capacidad de la Bodega no era de 2.255.750 litros sino que permitía efectivamente almacenar 2.287.050 de los 2.291.329 que acusaban los libros, lejos de resultar un exceso de 35.579, la verdad era el déficit de 4.279 litros ya mencionados.
Si la verificación de la capacidad de la Bodega, se hubiera practicado con motivo del inventario de 23 de octubre de 1944, la situación que se describe habría aparecido ya evidente, y las conclusiones diferentes que se alcanzan habríanse puesto de manifiesto.
El inventario de 20 de febrero de 1945 (fs. 176/80).
efectuado con arreglo a la efectiva cubicación, arroja un superúvit de 24.331 litros que resulta así corroborante de la cifra que aproximadamente establecían los libros cuatro meses antes (23 de octubre de 1944) y que unido a los 6.969 litros que faltan, integran aquellos 31.300 fs. 213), exactamente; debiendo concluirse que esa cantidad de vino existente en Bodega, según libros, en octubre de 1944, continuaba en ella en febrero de 1945, con la sola disminución de los 6969 litros comprendidos
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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:376 
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