llega en definitiva a la existencia de 31.000 litros de vino en más, que no fueron ingresados al Tibro oficial y por elo de clarados en fraude (violación al art. Ai la Regla E AE E de 0:
y sigue diciendo, que , se prueba la violaci del art. 15 de splementación General, con la sanción del art, 28 del T. O.; termina la compulsa de libros oficiales y documentación comercial y de acuerdo x los comprobantes de fa. ==. 86, " dembs, e Mera e m1 1itros pagar impuestos; está que el estampillado no estaba de acuerdo con las cantidades libradas al consumo, puesto que lo hacían en envases mayores amparados por valores fiscales inferiores al contenido, lo que significa a venta de vino clandestino, y por ello la sanción del art. 27 del T, O.. como también la infracción del art. 67, inc. €), título T de la Reglamentación General con su respectiva sanción del a" 28 del T. O.; y en _ el Sr. Procurador Fiscal por los argumentos expuestos, de se confirme la resolución administrativa dictada a fs. 226/2286, contra "Viñedos 7 Bodegas Santa Paula de Larocen Hnos."', que lo condene al pago de una multa de $ 20.357,60 y que se detalla en el punto 2° de su parte dispositiva, con expresa imposición de costas.
Considerando :
1) Que según constancias de antos, la Administración General de Impuestos Internos, en mérito a lo dispuesto por los arts, 46 T. O. de las Leyes de 1. T. y 16 y 71 del Título Y de la Reglamentación General, dispone pr intermedio del Departamento de Inspección que se practique una eompulsa de libros comerciales de la firma Viñedos A Bodegas "Santa Paula" de Larocea Hnos, motivado todo ello por denuncia de fecha 4 de octubre de 1944, que corre agregada a fs. 229 bis, denuncia ésta especifica entre otras cosas ""que tiene de claradas y _— sus vasijas con una eapacidad menor que la real, lo que le permite vender clandestinamente, sin impuesto, la diferencia de vino que resulta de la diferencia entre la capacidad registrada y la real de sus vasijas. A efectos de demostrar lo que asevera, sugiere el denunciante la cubieación total de las vasijas, previo un inventario de las existencias"". Se lleva a cabo el inventario y su corttepandiento eubicación de vasijas y con ello una compulsa de libros comerciales, que da cuenta el sumario administrativo que corre a fs, 7 y siguientes, 2) Que tomando en consideración el inventario que se
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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:369
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