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Fallos: 219:331 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 3 total resarcimiento excede al ofrecido más la mitad de la diferencia entre éste y lo reclamado por la parte.demanCOSTAS: Naturaleza del juicio. Expropiación.

Corresponde las costas de segunda y tercera instancas de nn jucio de expropiación sean abonadas por mu orden, atento el recurso ordinario de apelsción para ante la Corte Suprema, que ha obtenido la modificación parcial del pronunciamiento de la Cámara.

RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Juicios en que la Nación es parte. .

Disponiéndose por la sentencia de la Corte Suprema el BOTe or sa arden de Tes conten de acqunde inventa:

ación no es parte respecto de la cuestión concerniente a las mismas, y el fallo de la Cámara es, en cuanto al punto, inapelable, COSTAS: Naturaleza del juicio. Ezpropiación.

Para regular las costas devengadas en las causas sobre expropiación, debe considerarse como monto del juicio a la diferencia entre la oferta del expropiador y la cantidad en definitiva señalada como indemnización,
HONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES.
La escala del art. 6" del arancel establecido por el decreto 30.439/44 —ley 12.997— no es aplicable a los juicios de ee cri el mismo con res; a ju análogo to
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, 5 de diciembre de 1949.

Y vistos: Los seguidos el Instituto Nacional de Previsión NA pena py Setas Meca baldi por expropiación, de los que Resulta:

L Que a fs. 6 comparece el apoderado de la actora diciendo: que por decreto n° 32.920 del 20 de oetubre de 1947,

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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:331 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-219/pagina-331

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