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Fallos: 219:276 de la CSJN Argentina - Año: 1951

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25 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 25 de abril de 1951.

Vistos los autos "Soc. An. N. V. Albetam Bagger en Bonwmmatschappij, Cía. de Dragados y Construeciones e.| Gobierno de la Nación s.| expropiación", en los que se ha concedido a fs. 201 el recurso ordinario de apelación.

Considerando:

Que el recurso ordinario de apelación concedido a fs. 201, a la parte demandada, es procedente de acuerdo con lo dispuesto por el art. 3, ine, 2" de la ley 4055 .

y con la jurisprudencia de esta Corte Suprema (Fallos:

216, 91 y 519).

Que en estos auto: la sentencia ha sido recurrida por la parte demandada.

Que el perito de la actora y el tercero designado de oficio informan conjuntamente y llegan a una sola estimación del valor que atribuyen al bien objeto de este juicio (fs. 157). El perito designado a propuesta de la demandada arriba a otras conclusiones por lo que suscribe, en disidencia, su propia peritación, fs.

175.

é Que la sentencia apelada descarta el dictamen del perito de la demandada por no conceptuarle convincente y dice que correspondería aceptar el de la mayoría por encontrarle razonablemente fundado pero, teniendo en cuenta que la actora estimá los bienes, en las actuaciones administrativas, en $ 650.000, considera que dicha estimación "viene a debilitar la pericia de los técnicos de la mayoría" y resuelve establecer el precio "con criterio ecléctico en la diferencia entre la estima

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Año: 1951, CSJN Fallos: 219:276 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-219/pagina-276

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