a FALLOS DE LA CORTE SUPREMA reses desde el día de la notificación de la demanda a estilo de los que cobra el Banco de la Nación Argentina y las costas del juicio.
Luis R. Lovom — Roporro G.
VALENZUELA — Tomás D.
Casares — FELIPE SANTIAGO Pérez — Artio Pessaono. 
QUIMICA RHODIA ARGENTINA S. A. yv. NACION
ARGENTINA
RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia, Generalidades, El recurso ordinario de apelación en tereera instancia procede ante la Corte Suprema en los casos previstos en la ley 4055. 
CONTROL DE CAMBIOS.
El régimen implantado para el control de eambios hállase configurado, en síntesis, por una reglamentación legal y administrativa que, persiguiendo la regulación por el Estado del nso de las divisas extranjeras, tanto las obtenidas en la venta de productos nacionales en los mereados exteriores de consumo, como las que son necesarias para atender los pagos de las mereaderías importadas, exige a los importadores y exportadores la obligación de poner a disposición del Estado la moneda extranjera obtenida o no utilizada, suministrando los pormenores exactos de sus operaciones en cuanto éstas se vinculan con el problema monetario; a lo que debe agregarse que este régimen persigue el equilibrio y regular funcionamiento del mercado de cambios en el interior del país, en orden a la orientación de su política económica, necesidades nacionales y exigencias del intereambio comercial, 
CONTROL DE CAMBIOS.
Corresponde rechazar la demanda promovida por una firma que representa en el país a otra extranjera, siendo  
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Año: 1950, CSJN Fallos: 218:412 
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