pietarios de que tratándose de mercadería destinada a ser embarcada clandestinamente, sus dueños se expondrían si se hubieran presentado a ser juzgados por un acto delictuoso, explicándose así su abandono; la ignorancia que alega Contrera de la existencia de esos 7 bártulos y de su contenido, como también del tiempo, ocasión e identidad de quien los llevara a su casa fs. 7 y 8), el lugar donde se encontraban dichos efectos y los 88 bultos que tenía cargados en su camión Añgel José Passero, a 150 metros de la costa del Río de la Plata, en una zona frecuentada por los contrabandistas, como lo demuestran las numerosas causas seguidas ante este Juzgado por delitos análogos a éste, en un Jugar solitario, donde la operación estaría facilitada por la arboleda allí existente que ocultaría las maniobras de los autores (fs. 1, 341, 342, ver croquis de fs. 3):
la falta de destinatario cierto de los 88 bultos transportados por Passero, que por su calidad, cantidad, valor y heterogeneidad no podían ser adquiridos por los comerciantes de la zona "Bianchi y Darricau", firma que niega haber hecho pedido alguno de tales productos (fs. 18); las manifestaciones inverosímiles del propietario de la casi totalidad de los bultos secuestrados en el camión de Passero (fs. 110, 153), la falta de ajuste de precio del transporte por parte de este camionero y la ignorancia del contenido de los bultos transportados (fs. 6 y 34); la falta de recibos.e inventario de los objetos que le fueran confiados para su transporte; el viaje de García Barcia en carro hasta la costa a intempestivas y altas horas de la noche (fs. 1, 2, 3, 14, 15 y 16). el farol moviéndose sospechosamente y el regreso precipitado y fuga posterior de García Barcia (fs, 7 vta., 12 vta., 13 vta., y 16 vta.), la nocturnidad en que se desenvuelven los hechos, las contradicciones en ame incurren los autores. Todos esos hechos y circunstancias, que revelan un plan y designio de sacar clandestinamente del país las mercaderías secnestradas, no pueden explicarse sin contradicción e inverosimilitud, si no es con relación al fin expuesto.
encontrando entonces todos y cada uno de los hechos cumplidos su justificación porque se completan unos con otros, como las partes con relación al todo. Si aquellos productos están destinados a ser materia de contrabando de exportación se comprende por qué no hay un destinatario de ellos, nor qué no hay recibos de la mercadería, ni ajuste del precio de transporte, se explica por qué también Steinberg no tomó ninguna medida respecto de los productos que había ordenado salieran para Canal Quinee antes de partir para el Urugnay ni cuando llezó a Montevideo; se explica la heterogeneidad del cargamento;
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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:268
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