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Fallos: 216:177 de la CSJN Argentina - Año: 1950

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de marzo, Año del Libertador General San Martín, 1950.

Vistos los autos "Wolman, Rosenberg y Kreplak — Aduana 167 — R — 1942", en los que se ha concedido a fs. 139 el recurso extraordinario, Considerando:

Que ol linario doducid al tor, aparece fundado en la violación del art. 1062 y concordantes 1064 y 1068 de las Ordenanzas de Aduana, en que se habría incurrido en la sentencia de la Cámara Federal de la Capital —fs. 124— cuando considera que la resolución 197 del Ministerio de Hacienda dictada en julio 18 de 1941 (fs. 58 del expte. administrativo 15.538| 41) sobreseyendo en el sumario que se instruyera con motivo del déficit de 130 ks. 300 gs. de hilado de seda artificial en los estados demostrativos de inversión y destino de esa mereadería importada y correspondiente a los años 1935 a 1939, no surte los efectos de la cosa juzgada con relación a la N° 3797 de setiembre 18/44 adoptada en el expediente 167-R-42 que, en cambio, le impone una multa igual al valor de la referida mercadería y le exige el pago de los derechos dispensados a la misma.

Que para la determinación precisa de la naturaleza y alcanec de una resolución capaz de provocar la defensa de cosa juzgada, ha de estarse desde luego, a sus términos exactos de los que, en el caso, prescinde el actor cuando al expresar sus agravios contra la decisión de la Aduana (fs. 92) y al aludir al sobreseimiento dictado

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Año: 1950, CSJN Fallos: 216:177 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-216/pagina-177

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