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Fallos: 215:96 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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sario, solicito a V. E. confirme el fallo de fs. 20 en cuanto pudo ser materia del recurso. — Bs. Aires, setiembre 14 de 1949, — Carlos G, Delfino.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 13 de octubre de 1949.

Vistos los autos "Velando, Eros s.| Excepción militar"°, en los que se ha concedido a fs. 23 del principal el recurso extraordinario.

Por sus fundamentos; los del precedente dictamen del Sr. Procurador General y de acuerdo con la doctrina sustentada por esta Corte Suprema in re: Fallos 193, 68; 198, 103, ete. se confirma la sentencia de fs, 20 en cuanto pudo ser materia de recurso, Lis R. Loncur — Roborro G.


VALENZUELA — Tomás D.
CAsarEs, 2 —- RERCALLO Y PASTRONEY OTROS JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Violación de normas federales.

El art. 22 de la ley 12.833 debe ser entendido con arreglo a la limitación establecida en el art. 1 de la misma Jey que, apartándose del decreto 956/46, redujo la competencia de los jueces administrativos de la Capital Federal al territorio de ésta.

No resultando de autos que el Poder Ejecutivo de lu Nación pretenda hacer uso de la facultad que le acuerdan las leyes 12.983 y 13.492 sino entregar la causa al respectivo tribunal de justicia, debe declararse que las actuaciones que se hallaban en trámite ante la Secretaría

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Año: 1949, CSJN Fallos: 215:96 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-215/pagina-96

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