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Fallos: 215:236 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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tigio sobre la inconstitucionalidad de una ley impositiva local.

En lo que hace al fondo del asunto, nada tengo que opinar pues, producido por la demandada y en cuanto al aspecto constitucional del caso el allanamiento de que da cuenta su alegato de fs. 119, la litis ha quedado reducida a la consideración de cuestiones de hecho y derecho común cuyo examen escapa por su naturaleza a mi dictamen. Buenos Aires, agosto 2 de 1949. — Carlos 7, Delfino.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de noviembre de 1949.

Vistos los autos "Basterreix Clara, Basterreix Isabel Halty de, Basterreix Jorge Luis, Basterreix Mercedes, y otros v.| Buenos Aires la Provincia s.| inconstitucionalidad de la ley 4127", de los que resulta:

Que a fs. 26 se presenta D. Luis Alfonso Ceruti, en nombre y representación de Da. Clara Basterreix, Da.

Mercedes Basterreix, Da. Isabel Halty de Basterreix, D. Jorge Luis Basterreix, Da. María Isabel Basterreix, Da. Marta Nelly Basterreix de Dani, D, Julio Pedro Basterreix y D. Francisco Basterreix, demandando a la Provincia de Buenos Aires por repetición de la suma de $ 17.844,80 min. que sus mandantes han pagado hajo.

protesta por concepto del impuesto inmobiliario de la ley 4127 (año 1947). A fs. 50 se amplía en otro tanto que corresponde a lo abonado en idéntico concepto por el año 1948, Funda la acción en los hechos y el derecho que, en síntesis, son los siguientes:

Los citados señores Basterreix son propietarios,

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Año: 1949, CSJN Fallos: 215:236 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-215/pagina-236

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