DICTAMEN ver Procunion GENERAL
Suprema Corte: 
Por las razones que hice valer in re "Solivellas Vicente" (expte. S. 12, L.. XI), que en homenaje a la brevedad doy por reproducidas, estimo procedente la apeInción extraordinaria interpuesta y considero que corresponde revocar el fallo del a quo en el aspecto en que ha podido ser materia de recurso, Buenos Aires, agosto 10 de 1949. — Carlos (:. Delfino, 
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de seticrhbre de 1949. 
Vistos los autos: "Grinstein José — apela resolución del Consejo Profesional de Ciencias Económicas"', en los que se ha concedido a fs. 55 el recurso extraordinario.
Considerando:
Que de los autos no resulta que en las actuaciones realizadas ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas se haya dado al recurrente oportunidad para producir prueba tendiente a desvirtuar las circunstancias invocadas en los informes de fs. 14 y fs. 21, en los cuales se funda la denegatoria de la inscripción.
Que cl pedido formulado expresamente con dicho objeto ante la Cámara de Apelaciones fué desestimado por ésta, no obstante lo cual el fallo apelado confirma la resolución denegatoria del Consejo por no haberse desvirtuado las circunstancias en que ella se fundó.
Que es, así, patente que se ha privado al recurrente
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Año: 1949, CSJN Fallos: 214:629 
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