Por tanto y de acuerdo con lo dictaminado por el Sr, Procurador General se declara improcedente el recurso extraordinario concedido a fs. 321 vta.
FeLire S. Pérez — Luis R. LonHI — Justo L. ALVAREZ RopríquEZ — RopoLro G. Va
LENZUELA
FERNANDO BENEDETTI
HOMICIDIO: Homicidio simple.
j Para que encuadre la calificación del delito en lo dispuesto por el art. 80, inc. 1° del Código Penal, no basta la confesión del reo y la declaración de testigos, sino que es necesario probar el víneulo de parentesco de conformidad con lo estatuído al respecto por el Código Civil.
Corresponde graduar en quince años de prisión la pena aplicable al autor de los delitos de homicidio simple y lesiones graves —arts. 79 y 90 del Código Penal— teniendo en cuenta los buenos antecedentes, los hábitos de trabajo del procesado y que la lesión inferida a una de las víctimas puso en peligro la vida de ésta (').
ESTEBAN ILDEFONSO BERRIER v. LAJOUANE LIBRE.
RIA EDITORIAL S. R. L.
PAGO: Principios generales.
El cumplimiento de la obligación conforme a la ley y a la jurisprudencia vigentes en esa oportunidad libera definitivamente al deudor de aquélla y de las ulteriores modificaciones de la interpretación judicial. El patrón que 1) 12 de mayo de 1949. Fallos: 172, 374; 203, 4215 219, 190.
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Año: 1949, CSJN Fallos: 213:504
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