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Fallos: 213:275 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Llegan estos autos a conocimiento de V. E. para que dirima la contienda de competencia negativa trabada entre la Justicia del crimen de la Provincia de Córdoba y el Juzgado Federal de la ciudad capital de dicho Estado, con motivo de la falsificación de una credencial de la Policía Federal.

No cabe duda que, de acuerdo con su ley de organización (N° 13.030), es éste —cuando actúa en provincias ( 210:1044 )— un organismo de carácter nacional o federal, según reza su propia denominación. Tal carácter le fué reconocido por V. E. en 205:545 y 210:643 .

En tales condiciones, cualquiera sea la calificación que en definitiva corresponda al hecho motivo de la contienda, me parece evidente que su juzgamiento corresponde a la justicia federal: en efecto, bien se trate de una usurpación de autoridad o de falsedad de documento, de todos modos habría obstrucción al normal funcionamiento de una institución nacional, atenta la naturaleza de la función que se pretendió acreditar con la credencial de fs. 22.

Por ello, opino que la presente contienda debe ser dirimida a favor de la competencia del Juzgado Federal de Córdoba para conocer en el hecho mencionado. :

— Buenos Aires, marzo 7 de 1949. — Carlos G. Delfino.

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Año: 1949, CSJN Fallos: 213:275 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-213/pagina-275

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