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Fallos: 212:390 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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MANUEL GONZALEZ SANCHEZ
1MNISTIA.

La amnistía concedida por el art. 1 de la ley 12.882 comprende a todes los infractores a las leyes de enrolamiento y servicio militar y, por lo tanto, alcanza a los procesados por infracción al art. 18 de la ley 11.386,

SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL -
La Plata, mayo 31 de 19435.

Y vistos esta causa seguida contra Manuel González Sánchez, argentino naturalizado, cubano de origen, de veintiún añes de edad, soltero, con instrucción, empleado y domiciliado en la Capital Federal, por infracción al art. 18 de Ja ley 11.386.

— Y considerando:

IL Que el querellado —que había obtenido su carnet de ciudadanía en 26 de noviembre de 1940 (fs. 32)— se enroló con fecha 22 de agosto de 1941 (fs, 8), excediendo, pues el término de siete meses que la ley 11.386, art. 18, fija para hacerlo.

H.. Que si bien es cierto que estuvo enfermo durante los meses de cnero y febrero de 1941 (fs. 20) e impedido en consecuencia para abandonar su domicilio, la dolencia que padecía —según se precisó a fs. 43— "no le impedía comuniearse de palabra o por escrito con otras personas". Por ello, debió comunicar su enfermedad a la oficina enroladora, a los efectos de que se le enrolase en su domicilio (art. 3, ley 11.386), Al no hacerlo, se ha hecho responsable de la infracción que se le imputa.

Por estos fundamentos, fallo: Condenando a Manuel González Sánchez por infracción al art, 18 de la ley 11.386 a la pérdide de le ciudadanía argentina que no podrá readquirir art. ?", ley citada); con costas. — Iforacio García Rams.

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Año: 1948, CSJN Fallos: 212:390 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-212/pagina-390

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