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Fallos: 211:483 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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la zona de El Zapaliar, con fecha 15 de abril de 1945, a raíz del homicidio perpetrado en la persona de Valentín Benítez, hecho ocurrido en horas de la noche del día anterior y del cual se acusa a Trinidad Zacarías, quien se constituye detenido, El detenido Trinidad Zacarías, presta declaración indagatoria ante el instructor sumariante a fs. 8 manifestando :

que el 14 de abril de 1945 (fecha del hecho), almorzó en compañía de Eulogio González, Aquiles Balzarini y Valentín Benítez (el extinto), en el domicilio del primero; que durante la comida bebieron vino en abundancia, que al ancehecer fueron todos a casa del exponente, donde al llegar fueron atendidos por su hermana Patricia, quien le negó a Benítez una botella de cerveza que pedía le vendiera, que el nombrado insistía y su hermana dió como motivo de su negativa la hora tuna; que intervino entonces el padre del declarante José de los Santos Zacarías, tratando de dar una explicación satisfactoria a Benítez, pero éste enojado le dirigió una serie de improperios y no conforme con ello, descendió del caballo que montaba (y en el que se hallaba ""enaneado" el deponente), arredióndole cuchillo en mano; que en vista de la situación de peligro en que se encontraba su padre indefenso y desarmado, se largó detrás de Benítez y le aplicó una puñalada en la espalda... Que después de esto abandonó a su víctima, a quien le dejó clavado el cuchillo, yéndose a ocultar en un montecito cercano, donde quedó a la expectativa; que regresó después de transcurrido un cuarto de hora aproximadamente ; que a su paso encontró un hacha que tomó como medio de precaución y se puso nuevamente en acecho en otro lugar próximo desde donde escuchó unos quejidos... entonces se acercó, siempre precavido, cerciorándose que se trataba de su víctima que estaba caído boca arriba y parecía verlo", en eso, empuñando su hacha le dió un golpe con el ojo del mismo en la cabeza. Respondiendo a otras preguntas que le fueron formuladas, dijo que procedió de esa manera porque le tenía miedo a la víctima y que al asestarle el golpe referido, quedó seguro de que moriría.

El testigo Eulogio González corrobora íntegramente la versión del prevenido, al prestar la declaración de fs. 14, en cuanto se refiere a la primera faz del incidente que es la única que presenció. En conereto dice que tras del breve cambio de palabras motivado por las negativas de la venta de la cerveza, ete. Benítez se largó del caballo cuchillo en mano, entonces Zacarías que estaba enancado en el mismo animal, se

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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:483 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-211/pagina-483

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