""Ilevados en un todo de acuerdo a las disposiciones legales y a la técnica de registración de operaciones"; y a fs. 66 vta.
consta que el perito ingeniero se constituyó en la misma ""donde pude ver —expresa— las calderas instaladas y las piezas de repuesto llegadas según los despachos indicados".
Por ello, y sus fundamentos, se confirma la sentencia apelada de fs. 83 en el juicio promovido por Compañía Italo Argentina de Electricidad contra Gobierno de la Nación sobre devolución de impuestos. — Horacio García Rams. — Carlos del Campillo. — Carlos Herrera.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 2 de agosto de 1948.
Y vistos los autos "Compañía Italo Argentina de Electricidad c/. Gobierno de la Nación s/. devolución de impuestos", en los que se ha concedido el recurso ordinario de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada por la Cámara Federal de la Capital a fs. 96, y Considerando:
Que si bien al ser mencionadas en el art. 6? de la ley 11.281 (T. O.) las "máquinas y caños maestros para instalaciones públicas de alumbrado a gas o electricidad" no se agrega referencia a las partes o repuestos de dichos artículos, a diferencia de lo que en el mismo texto legal se hace con respecto a otras maquinarias, después de cuya mención se agrega "y repuestos" o "y piezas de repuestos", lo que se dispone en el art. 55 en el sentido de que "las piezas de repuesto... que se manifiesten como tales y pueda probarse su aplicación a las máquinas a que se destinan,... gozarán de los heneficios acordados en esta ley a la máquina entera" no admite dos interpretaciones: si la máquina está
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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:1023
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