DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Casos varios.
La Nación es responsable de los daños y perjuicios ocasionados al actor por la muerte de su esposa y por las lesiones que el mismo sufrió, a raíz de haberse precipitado a tierra, por impericia del piloto y mientras se realizaba una demostración de vuelo sin motor en un aeródromo oficial, un planeador particular conducido por un inspector de vuelos de la repartición organizadora del acto, la Dir, Gral. de Aeronáutica Civil, sin que mediara imprudencia de las víctimas.
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
La Plata, mayo 20 de 1946.
Y vistos: para dictar sentencia en este juicio seguido por Juan Jorge Bronzina contra el Fisco Nacional por indemnización de daños y perjuicios, del que Resulta:
1 Que a fs. 8 don Juan Jorge Bronzina, por derecho propio, demanda a la Nación por la suma de $ 10.000 7, con intereses y costas o la cantidad que en definitiva se establezca, por daños y perjuicios.
Se funda en que, con los documentos acompañados, demuestra que es viudo de doña Filomena Gómez, fallecida el 16 de mayo de 1944 en el Hospital de Merlo, como consecuencia de las graves heridas recibidas el 13 del mismo mes en el aeródromo oficial de Merlo, donde se encontraba el actor en compañía de su esposa y su único hijo de 4 años de edad, presenciando con el resto del público y autoridades nacionales una demostración de vuelo sín motor a cargo de la Dirección General de Aeronántica Civil. Relata que uno de los planeadores era conducido por Juan Bautista Sales, inspector de vuelos de la Dirección Aeronáutica, quien realizaba vna demostración de acrobacia y encontrándose imprudentemente sobre el público, no logró estabilizar el aparato, precipitándose al suelo, eausando graves heridas a su esposa de cuyas consecuencias falleció poco después y al actor contusiones en la E que lo dejaron incapacitado para el trabajo durante días.
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:435
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