É
Eo : 322 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
E MARIA TERESA PEREYRA IRAOLA DE ROSA Y OTROS
v. PROVINCIA DE BUENOS AIRES h CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e incuastitrcioE malidad. Impuestos y contribuciones provinciales. Territorial.
El adicional a la contribución territorial, establecido por E el art. 19, de la ley n? 4834 de la Prov. de Buenos Aires, e . es violatorio de los arts. 4 y 16 de la Const. Nacional, en cuanto se aplica a los condóminos atendiendo al valor total U del inmueble, con preseindencia del valor de la parte ideal de cada uno de ellos, que no alcanza a ser dueño de 10.000 E hectáreas (1).
E DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL E Suprema Corte:
E La jurisdicción originaria de V. E. para conocer en Es el asunto está acreditada, conforme lo admitió implíci tamente la providencia de fs, 41 vta.
E A semejanza de lo ocurrido en estos autos, y salvo E diferencias de detalles, planteóse en el caso "Emilia | Uriburu de Anchorena y otros v. Provincia de Buenos E Anres, exp. A. 288", cuestión de inconstitncionalidad y del decreto de 31 de agosto de 1943, reglamentario de la ley 4834 de dicha Provincia, fundándolo en ser viola E torio del principio de igualdad ante el impuesto, y asimismo, en que resultaba inconciliable con las normas E que el derecho civil tiene establecidas en materia de E sucesiones y condominio, Como en aquella oportunidad É estudió ambas cuestiones (dictamen de fecha 5 de julio
E ppdo.) y ellas se hallan actualmente a fallo de V. E,
E (1) La misma doctrina fué aplicada en la sentencia dictada el | 10 de marzo de 1948 en los autos °° Anetorena Leonor Emilia Uriburu de, y otros v. Provincia de Buenos Aires", —°
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:322
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