Sin costas por no encontrar mérito el Tribunal para imponerlas a la actora. y FeLire S. Pérez. — Luis R. LoxGHr — Justo L. ALVAREZ RoDRÍGUEZ — RopoLro G. Va
LENZUELA,
BLANCA FUPIANO DE MORENO y JOSE AMADEO
DOLORES MORENO v, PROVINCIA DE BUENOS AIRES
PAGO: Pago indebido. Protesta. Generalidades.
No son objetables las protestas que se hicieron oportunamente, fueron notificadas en debida forma a la autoridad correspondiente y mencionan los vicios legales y constitucionales que quienes las efectúan atribuyen a la contribución cuya repetición se demanda.
AFIRMADOS.
Para establecer si la contribución que se cobra por el afirmado es o no confiscatoria debe tomarse como base de comparación el pago de aquélla al contado.
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e insconstitucionalidad. Impuestos y contribuciones provinciales. Afirmados.
Demostrado que la contribución de afirmado no aleanza al 60 de la valorización experimentada por el inmueble afectado, aunque dicho aumento no se haya debido al pavimento sino en una proporción que sólo es susceptible de una determinación muy relativa; debe desestimarse A la demanda sobre inconstitucionalidad y repetición del gravamen cobrado por aplicación de las leyes Nos. 3388 y 4710 de la Prov, de Buenos Aires,
Compartir
62Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1948, CSJN Fallos: 210:1145
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-210/pagina-1145¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 210 en el número: 1145 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
