Caso. — Los Sres. Paez y C° demandaron á D. Bartolomé Gardella para que fuera condenado ú cumplir un contrato de compra-venta del vapor « General San Martin >.
Gardella confesó la existencia del contrato, pero opuso que los Sres. Paez y C" no habian podido vender, por hallarse en estado de quiebra.
Posteriormente, D. Gervasio Paez, fundándose en la confesion del demandado pidió la inhibicion de enagenar una finca de este.
El Juez de Seccion accedió á este pedido.
Gardello intepuso recurso de revocatoria.
Fallo del Juez Seccional.
Bueuos Aires, Julio 21 de 1879.
Vistos: en el incidente sobre arraigo del juicio y Considerando: 4° Que por el inciso 3" del artículo 55 de la Ley de Enjuiciamiento, procede el arraigo contra el demandado cuando se pide en virtud de una prueba fehaciente, y como se hace notar, en el presente caso hay la confesion de haberse comprado y entrado en posesion del vapor vendido, si bien se alegan escepciones sobre validez; y la confesion es la primera y mas eficaz de las pruebas.
2" Que el derecho del demandante al arraigo fué reconocido ya por el auto corriente á f, 32 v. sin que sea atendible que el demandado no lo conocia, pues en su vuelta al juicio ha debido conocerio, y debe dársele por tanto por notificado y consentido, sinó dedujo en tiempo recurso contra esc auto, Por estas consideraciones fallo no haciendo lugar á la revocatoria solicitada. Hágase saber original y repóngase el sello.
Isidoro Albarración.
Gerdella apeló de este auto y se le concedió el recuerdo.
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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:482
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