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Fallos: 21:309 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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CAUSA LXII
El Fisco Nacional contra Marini y C°, por defraudación de derechos de Aduana, sobre preseripcion Sumario. —4° La accion del Fisco por cobro de derechos defraudados, que > proceden de errores de cálculo, está sujeta ú la preseripcion que establecen las leyes generales.

27 Habiendo tenido lugar las operaciones de Aduana, de las que deriva el derecho del Fisco, hajo la vigencia del Código Civil de 1871, no es aplicable lo dispuesto por la ley 6, título 7, partida 5', sinó lo que establece el artículo 4", título

Negando los Sres. Marini el hecho de la defraudacion, opu= sieron á la demanda del Fisco la escepcion prévia de la prescripcion de cinco años establecida por la ley 0, título 7, par

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:309 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-309

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