trucción de una casa en esta ciudad « arreglados á contrata », Dela tramitacion corrida resulta, haberse prineipiado por pedir la citacion y comparendo de Amarante, para reconocer el doe:mento de f. 2, escrito de f. 4; por exigir el embargo provisorio de dicha casa, escrito de f, 6: por requerir, á mérito de hallarse ausente Amarante, que su señora esposa exhibiera el contrato de la obra, con mas los recibos de los pagos hechos, lo que fué verificado, acta de £. 9 á 10; y por el comparendo de Amaranto ú reconocer el citado documento < acta de f. 27 » y haberlo negado por no haber, como dice, autorizado ú su esposa para su otorgamiento, pero sin desconocer el debito, en parte, sinó únicamente con el total de la suma reclamada por no hallarse concluida la obra.
Producidos pues estos antecedentes y entablada 1 demanda de f. 35 gestionándose el pago de los 700 ps. bls. restantes al importe de la construccion de la casa, en clla se asegura: que aunque el contrato de f, 30 referente á la obra no era el mismo que habia firmado Amarante, era igual sin embargo (romo forjados dos de un mismo tenor) al que se habia estipulado; y que esto no se deseonocia por aquel, habiendo espuesto en la citada acta de £, 27 que no debia la soma reclamada por no hallarse concluida la obra segun el contrato presentado, que á mas de esto el débito reciamado se acreditaba seficientemente con los pagos hechos por la señora del demandado y recibos de f. 32 y 33, ete.; que contestada esta demanda por el escrito de f. 44 se niega el heeho del contrato, como la obligacion que entraña con relacion al demandante Macchi, por no haberlo celebrado con este sinó con D. Luis Barini y C°, aun cuando el que uparece en autos se halle en los mismos términos y condiciones; y que por lo tanto apoyándose la demanda en dos hechos á probar, es decir: 4° En que Mucehi y C° representa á D. Luis Barini y €°; Y En que la casa ha sido concluida con arreglo al contrato, se niega la obligacion exigida por dicho Maechi y C°, tér
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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:306
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