4" La declaracion de D. Domingo Devotti, 41. 85, que asegura no haber tenido autorizacion de Cinto para firmar ningun documento, y que al hacerlo en alguno de los despachos de Aduana fué por indicacion del Gerente del Saladero, D. José O. Larriera.
5" A f. 97 la declaracion del Dr. D. Alberto Larroque, en que afirma: que Cinto vivía en Buenos Aires desde Agosto de de 1871, y lo mismo declaran en seguida D. Juan Gimenez Vivet y D. Apolinario Benitez.
6 Af. 103 deelara D. Jorge Gowland, que el cargamento de sal de la barca « María Benvenuttos fué vendido por él en Octubre de 1871, á la casa de Brown, que cree que era agente de Santa María; y en seguida aparece cópia legal de la partida de los libros de Gowland, en que consta la compra que hizo, como corredor, á Bernardo Delfino y C° de 700 fanegas de sal de la barca « María Benvenutto ».
7" La declaracion de f. 115 presentada por D. José L. Larriera Gerente del Saladero de Santa María, en que dice: « que todas las operaciones se hacian por cuenta de este, sin tener Cinto participacion alguna; y que es cierto que en Diciembre de 1871 se hizo la descarga de la barca italiana « María Benvenutto » para los saladeros del Sr. Santa María, cuya negociacion se había realizado en Buenos Aires, por el agente do esto que lo era D. Hugo Brown.
8° A fs. 128 y 129 aparecen las cartas de E. P. Martinor, que firma por autorizacion del Sr, Santa María, referente del cargamento de sal de la barca italiana « María Benvenutto », siendo estas cartas cópias legales sacadas de los libros del saladero y reconocidas judicialmente, como aparece á f. 132.
En vista de estos datos que no han sido contradichos por prueba contraria, que el Procurador Fiscal titular demandante haya producido, y si mas bien apoyados por el escrito de f.
135, en que el Procurador nombrado ad hoc, por ausencia de
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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:269
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